miércoles, 25 de marzo de 2020

INCUMPLIMIENTO DE PAGOS SALARIALES 


Se presenta un caso donde se aplica el incumplimiento de pagos de sueldo y salarios por parte de patronos

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El señor Albaro silva se vinculó a la empresa de “SERVINQUIN” C.A. El 14/12/2015 mediante contrato de trabajo, para el cual se acordó un salario mensual de 450.000bs pagaderos en quincenas cumplidas, sin embargo desde la primera quincena, el pago no se hizo completo, sino en montos irrisorios de 20.000bs ó 30.000bs, señalándose que la empresa no tenía recursos  para pagar y que la semana siguiente haría el pago completo. La anterior excusa se ha repetido los últimos 6 meses, al punto que se encuentra atrasado en 4 quincenas, fuera de las horas extras, exigiendo le sean trabajada pero nunca pagadas. Siempre se ha excusado en no tener recursos, en que se encuentra mal económicamente o procede a pagar con cheques sin fondo o a ofrecer pagos inmediatos para seguidamente, escabullirse de la oficina y no cumplir con el pago prometido. 

En este caso es presentado la vulneración de principios rectores en materia laboral, ya que la ley orgánica de trabajo, trabajadores y trabajadoras (LOTTT) establece en el articulo 18 de los principios 1 y 2 lo siguiente: 

1. - La justicia social y la solidaridad.
2. - La intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales, por lo que no sufrirán desmejoras y tenderán a su progresivo desarrollo

En la actualidad deberían presentarse algunos principios en la atinente ley tales como:

Principios de mejoras salarial
Principios de obligatoriedad en la fechas de pago según contrato 
Principios de aplicar sanciones a las empresas por incumplimiento de contrato 

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